Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 7, del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad e la Ley, EN PRIMER LUGAR, Decreta califica como flagrante la aprehensión de que feu objeto el ciudadano MARCOS TULIO SUAREZ, titular de la cédula de identidad V- 14.599.530, Venezolano, de 27 años de edad, nacido el 11-08-1979, soltero, de ocupación Comerciante, natural de Valera, hijo de Paula Suárez y Néstor Méndez, residenciado en Granados, Casa Nº 134, en toda la Esquina de la Plaza Bolívar, Zona Baja, Municipio Bolívar del Estado Trujillo, HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal, en agravio del ciudadano Antonio José Peréz Bravo y LESIONES CULPOSA GRAVES previsto y sancionado en el articulo 420 en concordancia con el articulo 415 en agravio de la ciudadana Yulimar Salas de conformidad con lo es.....