Con sustento en los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal en función de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, resuelve:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR la solicitud de los abogados Luis Alberto Varela Rosales y Vicente Alfonso Contreras Bocaranda, defensores del acusado RONALD EDUARDO CANELONES, de sustitución de la medida de privación judicial preventiva de libertad que recae sobre el referido acusado.
SEGUNDO: Declara SIN LUGAR la solicitud de la abogada Marlene Alarcón La Cruz, defensora del acusado Danny José Ávila Benítez, de sustitución de la medida de privación judicial preventiva de libertad que recae sobre el referido acusado.
TERCERO: MANTIENE la vigencia de la medida de privación judicial preventiva de libertad que rige sobre los acusados Ronald Eduardo Canelones, Danny José Ávila Benítez y Carlos Fernando García Moncayo, por no ha.....