ÚNICO: Declara CON LUGAR la solicitud del abogado OMER LEONARDO SIMOZA GONZÁLEZ, defensor del acusado JOSÉ GREGORIO VALDERRAMA, ampliamente identificado en autos, de sustitución de la medida de privación judicial preventiva de libertad que rige el mencionado acusado, y en consecuencia SUSTITUYE dicha medida de coerción personal, por haber elementos que indican el cambio durante el proceso de las circunstancias que la motivaron, por las siguientes medidas cautelares:
- Presentación de dos (2) fiadores con comprobada solvencia económica mediante la consignación de los respectivos balances o constancias de ingresos certificados por contador público, que residan en la misma localidad señalada en el justificativo de testigos como la de residencia del acusado, por un monto de treinta (30) unidades tributarias cada una, conforme a los artículos 256 numeral 8 y 258, del Código Orgánico Procesal Penal; y,
- Prohibición de tener contacto directa o indirectamente con los ciudadanos EUGENIO BRAV.....