, este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, resuelve:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR la solicitud del abogado GLADIMIRO UZCÁTEGUI, actuando con el carácter de defensor del acusado NERIO SAMUEL MÁRQUEZ ALVARADO, plenamente identificado en autos, de que este último sea trasladado desde el Internado Judicial de Trujillo hasta la sede del Banco Banesco de esta ciudad para hacer efectivo el cobro de la beca “Misión Rivas”.
SEGUNDO: ORDENA EL TRASLADO a este despacho del acusado NERIO SAMUEL MÁRQUEZ ALVARADO a fin de que informe la persona de su confianza a quien se le encomendará el trámite del cobro de la beca ante la referida institución bancaria