determina: PRIMERO: apreciadas las pruebas según la sana critica, observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, de conformidad con el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, declara CULPABLE al ciudadano COELLO SEGOVIA JONATHAN RAFAEL, titular de la cédula de identidad N° 16.015.907, de 25 años de edad, natural de Puerto Cabello, nacido en fecha 31/07/81, grado de instrucción bachiller, de ocupación estudiante, hijo de Segovia Carrillo Maria de la Trinidad y Cuello Valles Antonio Rafael, residenciado en las Rurales La Represa, Primer Lote, mas abajo del Modulo Policial, Flor de Patria Municipio Pampan del Estado Trujillo por la comisión del delito de de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS previsto y sancionado en el artículo 31 segundo aparte de la Ley 0rgánica Contra la Distribución y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas , en agravio de la Sociedad, por lo que estableci.....