Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de juicio, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y autoridad de la ley, declara sin lugar la solicitud de la defensa Abg. OMER L. SIMOZA, en representación del imputado ciudadano YERSON CRUZ DABOIN, titular de la cédula de identidad N° 19.271.218, de que se le sustituya el arresto domiciliario por otra medida aun menos gravosa, por cuanto la defensa recientemente solicitó la sustitución de la medida judicial de privación preventiva de libertad por otra menos gravosa y se le acordó, el 22- 02- 2.007, se debe esperar un tiempo mayor para concederle otra medida cautelar aún menos gravosa, y en todo caso que presente al Tribunal oferta de trabajo a realizar para los fines que indica en su escrito, luego de lo cual el Tribunal tomaría la decisión que en justicia corresponda