DISPOSITIVA:
Considera este Tribunal que vista la autorización solicitada por el ciudadano PABLO AECIO RIVERA MACHADO y la intención de progresar en su carrera como profesional de la Ingeniería y visto que en el escrito presentado por su defensor privado detalladamente indica los días en que va ausentarse, el sito, ciudad, país donde va a realizar el Congreso considera este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; AUTORIZA al ciudadano PABLO AECIO RIVERA MACHADO, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° 5.200.206, natural de Mérida, estado civil casado, fecha de nacimiento 01-10-56, hijo de Luis Rivera y Dora Columba Machado, edad 50, grado de instrucción Ingeniero Civil, residenciado Vía Monumento de la Virgen de la Paz, 2 km a la Vía del Seminario, casa S/N, Trujillo Estado Trujillo, para que asista "El V Congreso mundial de Espirita" en la ciudad de Cartagena-Colombia desde el 08-10-07 .....