DISPOSITIVA.
Con base en los razonamientos explanados, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 9y 244 eiusdem, 26, 44.1 y 59 constitucionales, revisa la medida de Privación judicial preventiva de libertad, decretada contra los ciudadanos GIBERTO JAVIER GONZALEZ MEDINA, RAUL VICENTE OSORIO AZUAJE, JUAN CARLOS DAVID PLAZA y OMEIVER RAMON SANTOS GONZALEZ, en el sentido de sustituirla por una menos gravosa, consistente en presentación cada ocho ( 08) días por ante la prefectura del municipio Boconó del Estado Trujillo. Se acuerda la libertad inmediata de los acusados y el traslado para imponerlos de la decisión, emítase la correspondiente boleta de excarcelación.
El juez de Juicio N° 0.....