Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal actuando en funciones de Ejecución numero 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara: EXTINGUIDA LA PENA impuesta en fecha 11.02.1999, por el Tribunal Superior Segundo Penal del Estado Trujillo, al Ciudadano JESUS ALBERTO TORRES TORRES, INDOCUMENTADO, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal.
NOTIFIQUESE A LAS AUTORIDADES CORRESPONDIENTES.
Desglosese oficio 961 y auto de fecha 23.10.20006, por evidenciarse por llamada al Internado Judicial y Revisión del Sistema Juris, que dicha a actuación corresponde al Tribunal de Ejecución 3, por quien el penado se encuentra privado de libertad, actualmente en Régimen Abierto.
Notifíquese al penado, Fiscal y Defensa. Realícense los registros correspondientes. Publíquese, cópiese y líbrense los cor.....