Por las razones antes expuestas este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REFORMA EL COMPUTO DE PENA del ciudadano: penado GIOVANNY ENRIQUE DIAZ CI 10400259, de conformidad con el último aparte del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, y como consecuencia, se declara la extinción de la pena por cumplimiento, de conformidad con el articulo 105 del Código Penal, y se acuerda oficiar al penado a fin de imponerlo de la decisión, partes, y autoridades penitenciarias.
Notifíquese a las partes de la presente decisión. Remítase copia certificada del presente cómputo las demás autoridades penitenciarias correspondientes