Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Primero: SE EJECUTA sentencia condenatoria donde el Juzgado de Control Nº 6 de este Circuito Judicial Penal, DECIDE EN FECHA 20.09.2007, DICTAR SENTENCIA DE CONDENA al ciudadano YORBIS ALXANDER RIVERO PEREZ, CI 19287434, Y LUIS ALBERTO FLOR, CI NO PORTA, a cumplir la pena de SEIS AÑOS DE PRISION, y las accesorias legales correspondientes de conformidad con el artículo 16 del Código Penal, por los delitos de ROBO PROPIO, al haber admitido los hechos y solicitado la imposición inmediata de la pena, de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: No existen costas por ser ejecutadas, vista la decisión firme a ejecutar. TERCERO: No existen objetos comisados ni por ser devueltos. CUARTO: Se ordena practicar las participaciones de Ley a la Oficina Nacional de Antecedentes Penales, y otros despachos, como el Consejo Nacional Electora.....