El Juez procede a imponer al penado de la decisión de fecha 27/05/2008 del Tribunal de Ejecución del Circuito judicial Penal del Estado Portuguesa, ACUERDA LIBERTAD CONDICIONAL y le impone las condiciones que debe cumplir. el penado WLADIMIR DE JESUS SOTELDO, condenado a cumplir diez años, siete meses y tres dias de presidio en delito de HOMICIDIO INTENCIONAL Y PORTE ILICITO DE ARMA.
Estando presente el penado WLADIMIR DE JESUS SOTELDO, titular de la cedula de identidad N° 14.888.558, manifiesta al Tribunal que se da por notificado de la decisión y se compromete a cumplir las condiciones impuestas por el Tribunal de origen. Estando presente el Defensor Publico y el Fiscal XI se dan por notificados de la presente decisión. Se acuerda oficiar a la UNIDAD TECNICA DE APOYO AL SISTEMA PENITENCIARIO N° 4 DE TRUJILLO, ESTADO TRUJILLO con remisión de la decisión del tribunal comitente