Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley SE EJECUTA sentencia condenatoria y firme proveniente del Tribunal de juicio 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, en la que se dicto sentencia de CONDENA contra del ciudadano PEDRO PABLO QUEVEDO, CI 11617949, a cumplir la pena de UN AÑO, SIETE MESESES Y QUINCE DIAS DE PRISION, por el delito de DETENTACION ILICITA DE ARMA BLANA, Y AMENAZA FAMILIAR, previsto en el artículo 277 del Código Penal Y 16 de la Ley de Violencia Contra la Mujer y la Familia, al haber admitido los hechos y solicitado la imposición inmediata de la pena, conforme a lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, y accesorias legales correspondientes de conformidad con el artículo 16 del Código Penal. SEGUNDO: Se Ordena La Tramitación De La Suspensión Condicional De La Ejecución De La Pena como Medida Alternativa al Cumplimiento de Pena. TERCERO: No existen costas por ser ej.....