Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA: El Computo Definitivo, de conformidad con el articulo 482 del Código Orgánico Procesal Penal y pasa a determinar con exactitud la fecha en que finalizará la condena y en este caso la fecha a partir de la cual el penado podrá solicitar cualquiera de las formulas alternativas del cumplimiento de la pena, de la siguiente manera:
A-. DESTACAMENTO DE TRABAJO, cuando cumpla el cuarto (1/4) de la pena, en fecha 13-07-06
B-.RÉGIMEN ABIERTO, cuando cumpla el tercio (1/3) de la Pena, en fecha 02-11-06
C-. LIBERTAD CONDICIONAL, cuando cumpla los dos tercios (2/3) de la Pena, en fecha 21-01-2008
D-. CONFINAMIENTO, cuando cumpla las tres Cuartas (3/4) partes de la pena, en fecha 11-05-2008
E. CUMPLE LA MITAD DE LA PENA EN FECHA: 12-06-2007
F.- La fecha de cumplimiento de condena principal es el día 10-04-2009
G.-Penas accesorias de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 d.....