A partir de este cálculo se realiza el cómputo de pena adecuado a las fechas de calendario en el siguiente sentido:
Destacamento de Trabajo: El primer cuarto de la pena se cumple en fecha 16 de noviembre de 2006.
Régimen Abierto: El primer tercio de la pena se cumple en fecha 15 de julio de 2007.
Libertad Condicional: Las dos terceras partes de la pena se cumplen en fecha 14 de marzo de 2010.
Confinamiento: Las tres cuartas partes de la pena se cumplen en fecha 15 de noviembre de 2010.
Cumplimiento de Pena Principal: La pena definitiva se cumple en fecha 14 de noviembre de 2012.
Penas Accesorias de Prision: Las penas accesorias de presidio se cumplen en fecha 21 de noviembre de 2014.
Por cuanto se observa que a partir del 16 de noviembre de 2006, al penado PEDRO JOSE PEÑA HERNANDEZ, le podría ser otorgada una de la formulas de cumplimiento de pena, a saber, el Destacamento de Trabajo, se acuerda oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo Penitenciario N° 4 del Estado.....