Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal, Sección Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY Declara: Conforme a las facultares revisoras de las medidas cautelares acuerda al adolescente , venezolano, Titular de la Cédula de Identidad Nº , nacido en fecha , grado de instrucción Sexto grado, hijo de , residenciado estado Miranda y aquí en el estado Trujillo, en la casa , en el Kilómetro 17, Vía La Ceiba, estado Trujillo, la imposición de la medida cautelar de obligación de no cambiar del lugar de residencia designado sin autorización del Tribunal, y la medida de cuidado y vigilancia de su representante debiendo la misma informar a este Tribunal sobre el cumplimiento de tal medida, suficiente para asegurar la investigación iniciada, conforme a la facultades establecidas en la parte in .....