ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY Declara Procedente Sustituir la medida impuesta la adolescente , ya identificado, por la Medida de presentación Una (1) vez al mes ante el Circuito Judicial Penal, siendo la primera el 1 de agosto de 2007. Se ordena notificar a las partes, al Equipo Multidisciplinario y a la Unidad de Alguacilazgo, para que tenga conocimiento de la presente decisión, Líbrese las correspondientes Notificaciones, provéase lo conducente.
Publíquese y Regístrese. Agréguese copia en el copiador de resoluciones. Dada, Sellada y Refrendada en Trujillo, Estado Trujillo a los veinte (20) días del mes de julio de 2007
El Juez
La Secretaria
Abg. Richard Pepe Villegas
Abg. Nathaly Deibis Araujo