Por las razones expuestas y sobre la base de las disposiciones legales citadas en el texto de la presente decisión, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta El SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa seguida al joven , venezolano, de años para esta fecha, natural de Valera, estado Trujillo, titular de la Cédula de identidad N° , hijo de y , domiciliado, Municipio Escuque, estado Trujillo, debidamente defendido por la Defensora Publica Nº 2 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, Abogada Emma Perdomo, por la comisión de uno de los delitos contra el orden público, específicamente el delito de Porte Ilícito y Resistencia a la autoridad, de conformidad con el ordinal 3° del articulo 318 y ordinal 8 del artículo 48 eiusdem, aplicables supletoriamente conforme a las reglas establecidas en el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, al estar prescrit.....