Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal, Sección Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY Declara Con Lugar la solicitud de la abogada Defensora Odalis Flores Blanco, en relación a la modificación de la medida impuesta a sus defendidos , venezolano, no Porta Cédula de Identidad, de años de edad, residenciado, Municipio Candelaria del Estado Trujillo, de ocupación obrero; y, venezolano, portador de la Cédula de Identidad Nº , de años de edad, nacido en fecha , residenciado , Municipio Candelaria del Estado Trujillo, de ocupación Obrero, y se acuerda Ampliar el lapso de presentaciones ante la Prefectura de del Municipio Candelaria del Estado Trujillo, a cada dos (2) meses, a partir de la presente fecha, como Medida Cautelar establecida de conformidad con lo pautado en el últ.....