DISPOSITIVA
Por los anteriores razonamientos y en base a las disposiciones legales citadas a lo largo de esta Sentencia que se dan por reproducidas, este Tribunal Unipersonal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal, Sección Adolescentes, en Función de Juicio, de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: Penalmente Responsable al joven ..., y lo condena ha cumplir la Sanción por el Lapso de Cuatro (4) Años, comprendida con las medidas sucesivas de Privación de Libertad, establecida en el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por el lapso de tres (3) años y sucesivamente la Medida de Libertad Asistida, establecida en el artículo 626 eiusdem, por el lapso de Un (1) año, la cual cumplirá el joven sancionado en el Centro de Internamiento en relación a la privativa de libertad y bajo la supervisión, asistencia y orientación.....