DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho ya explanadas en esta Sentencia este Tribunal de Juicio constituido como Tribunal Unipersonal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: PRIMERO: Declara ABSUELTO, a los adolescente los adolescentes: ....., y ....., acusados por la Fiscalia Décima del Ministerio Público por la comisión de los Delitos de Obstrucción de vías principales, previsto y sancionado en el artículo 362 y el delito de Lesiones Personales Intencionales en Grado de Coautores a Titulo de Dolo Eventual , previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, vigente para la fecha de la comisión de los hechos, en agravio del ciudadano: Homero Urbina Rojas;. SEGUNDO: Decisión que se toma en base a los artículos 49 de la Constitución Nacional, artículos 1, 3, 6 8 (Presunción de inocencia) 12, 13 y 22 del Código Orgánico Procesal Penal, 540, 541, 543, 546, 601, 602 absolución literal “e” de .....