Por las razones antes expuestas este TRIBUNAL DE EJECUCIÓN N° 1 SECCIÓN ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Impone al adolescente: _______, el cumplimiento de la medida de Libertad Asistida por el lapso de Dos (02) años y simultáneamente Reglas de Conducta como es: 1.- Concurrir puntualmente a las Charlas de Orientación ante el CECOFAS de la ciudad de Valera; 2.- No mantener contacto con la víctima ni su entorno familiar, 3.-Ejercer una actividad laboral y educativa, y traer constancia de ello y 4.- No porta ningún tipo de armas. A los fines del computo de la sanción y fijado el cumplimiento de la medida de Libertad Asistida por el lapso de Dos (02) años y simultáneamente Reglas de Conducta, contadazos a partir del día de hoy Lunes 07 de mayo de 2007, se prevé que las mismas finalicen el día 07 de mayo de 2009, debiéndose revisarse las mismas dentro del lapso .....