COMPUTO DE LA SANCION:
Vistas y estudiadas todas y cada una de las presentes actas procesales, habiendo este Tribunal acordado la Ejecución de la Sentencia en ésta misma fecha, conforme a lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que se procede a realizar el COMPUTO, según lo establecido en el artículo 482 Eiusdem, remisión que hace el aparte único del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con lo establecido en el parágrafo segundo del artículo 622 de la citada Ley Especial ; en base a las siguientes consideraciones:
PRIMERO: Se constata que el adolescente:_________, plenamente identificado en autos, en fecha 18-10-07 , el Tribunal de Primera Instancia de Control lo condeno a cumplir medida privativa por el lapso de un año y nueve meses. Y por cuanto en autos se evidencia que el adolescente sancionado ha permanecido: 1) Bajo detención domiciliaria durante el lapso comprendido desde el.....