Por las razones antes expuestas este TRIBUNAL DE EJECUCIÓN N° 1 SECCIÓN ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Impuesto como se encuentra el adolescente:_______, del cumplimiento de la Medida de Libertad Asistida, por el lapso de Dos (02) Años, se establece el presente computo, a tales efectos se tomará como fecha de inicio de la medida la fecha de imposición de la sanción, que se fijó para el día de hoy Diez (10) de octubre de 2007, cuyo lapso finalizara el Diez (10) de Octubre del año 2009, debiéndose revisar la medida impuesta dentro del lapso de seis meses, contados a partir de la imposición de la sanción. Se acuerda levantar la Medida cautelar de Presentación Periódica ante la oficina del alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal que tenía el joven sancionado. Se ordena oficiar al CECOFAS de la ciudad de Valera remitiéndole copias certificadas de la senten.....