PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA que por Desalojo de Inmueble intentó la ciudadana Abogada Carmelita Bastidas Aguilar, actuando con el carácter de apoderada Judicial de los ciudadanos GILBERTO JOSÉ SÁNCHEZ MONTILLA, MARÍA ALEJANDRA SÁNCHEZ MONTILLA y ARIADNA ELIZABETH SÁNCHEZ MONTILLA, en su carácter de Arrendadores, en contra de la ciudadana MARGOT PARRA, en su carácter de Arrendataria, continuadores de la relación que unía a las ciudadanas Leyda María Montilla Cruz e Irene Parra de González.