DECISIÓN
Por los razonamientos de hecho y derecho, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. DECLARA:
PRIMERO: IMPROCEDENTE LA ACLARATORIA O CORRECCIÓN solicitada por la ciudadana YANEIRA COROMOTO D`ALVANO MARTINEZ, de la decisión definitivamente firme dictada en fecha 13 de diciembre 1978, en la presente causa.
SEGUNDO: SE ESTABLECE, que cuando en la sentencia definitivamente firme de fecha 13 de diciembre de 1978, cuya aclaratoria se declaro improcedente, se mencione el nombre "D´Albano", debe entenderse como "D´Alvano" en fundamento a la corrección por vía judicial que se realizo posterior al referido fallo, en fecha 18 de enero de 2024 y declarada definitivamente firme por auto de fecha 26 de enero 2024, dictado por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de esta Circunscripción Judicial del estado Trujillo, del acta de matrimonio de.....