Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano Coromoto Pérez Pérez, contra el ciudadano Edgar Herrera Rojas, por Resolución de Contrato de arrendamiento, las partes ya identificadas.
SEGUNDO: QUEDA RESUELTO el contrato de arrendamiento celebrado por los ciudadanos Coromoto Pérez Pérez y Edgar Herrera Rojas, ya identificados, ante la Notaria Coromoto Pérez Pérez, en fecha 19 de marzo de 2003.