son suficientes e idóneos para establecer la procedencia de la solicitud, a fin de acreditarles el derecho suficiente que asiste a la ciudadana MARÍA MODESTA SANTOS DE BLANCO y a sus hijos OSCAR JOSÉ, JOSÉ RAMÓN, JOSÉ ALIRIO, MARIA ELENA, ZULEMA TERESA, MARITZA COROMOTO, LILIANA MARGARITA, JOSÉ GREGORIO Y MARISELA JOSEFINA BLANCO SANTOS como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del extinto JOSÉ OCTAVIANO BLANCO SANTOS