DECISIÓN
Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA NULAS y sin ningún valor jurídico las actuaciones subsiguientes al cinco (05) de marzo de 2021, y en consecuencia, se REPONE la presente causa al estado de librar nuevamente Boleta de Citación al DEFENSOR JUDICIAL ciudadano PEDRO ALEXANDER TERÁN DELGADO. Publíquese y Cópiese. Dada, firmada y sellada en la Sede donde despacha el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario, Marítimo y Constitucional de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, a los veintiséis (26) días del mes de abril del dos mil veintiuno (2021). Años: 211° de la Independencia y 162° de la Federación.