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Decisiones del dia 01/10/2014

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 11934-13 N° Sentencia : Fecha: 01/10/2014
Procedimiento:
Acción Mero Declarativa De Concubinato
Partes:
DTE: MENDOZA MARIA ANGELICA. DDO: HEREDEROS CONOCIDOS Y DESCONOCIDOS DEL CUJUS MEJIA PEDRO LUIS
Resumen:
Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 267 del referido código, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA. Así se decide. Notifíquese a la parte demandante mediante cartel que será fijado por el Alguacil titular de este Despacho en la cartelera del Tribunal conforme a lo establecido en el articulo 174 del Código de Procedimiento Civil, toda vez que la parte actora no estableció el domicilio procesal.- El Juez Titular, MSc. Adolfo Gimeno Paredes. La Secretaria Titular, Abg. Diana Isea de Noda En la misma fecha se libró cartel de notificación y se entrego al alguacil de este Tribunal para que lo fije en la cartelera del Tribunal.- La Secretaria Titular, AGP/DIN/smvv.-
Juez/Ponente:
Adolfo José Gimeno Paredes
Organo:
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil
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N° Expediente : 12047-14 N° Sentencia : Fecha: 01/10/2014
Procedimiento:
Partición
Partes:
DTE.: UZCATEGUI OLMOS NERSI DEL CARMEN. DDO.: SALCEDO BRICEÑO OSWALDO RAMON.
Resumen:
virtud de que tal circunstancia es atinente al orden publico y por ende también a la disposición legal expresa de la Ley, es por que este debe de forma forzosa declarar la INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA, y así se decide. Ahora bien, como quiera que en el presente proceso se había decretado medida cautelar de prohibición de enajenar y gravar, según auto dictado en fecha 03 de julio de 2014, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Transito de esta Circunscripción Judicial, se LEVANTA la referida medida, por cuanto ha sido declarada inadmisible la demanda, y en consecuencia no hay nada que asegurar, por lo que resulta inoficioso mantener la medida cautelar que hubieren sido acordada. Ofíciese al correspondiente Registro Inmobiliario, a los fines correspondientes, una vez que quede firme la presente decisión. Así se decide. El Juez Titular, MSc. Adolfo José Gimeno Paredes. La Secretaria Accidental, Abg. Mary Trini Godoy. AJGP/pp
Juez/Ponente:
Adolfo José Gimeno Paredes
Organo:
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil
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