Por lo anteriormente expuesto quien aquí decide, considera que por el contrario quedo demostrado con la fe de Bautismo consignada que el nombre del solicitante es "WUELFAN" y no como lo solicita; prueba que este juzgador valora como demostrativa de la no existencia del error, en consecuencia, no existe error como tal, en el acta de nacimiento del
ciudadano WUELFAN JESUS RONDON PALOMARES, sino que se trata de un cambio de nombre o (seudónimo), que es el que se lo da la misma persona para identificarse en todos sus actos civiles, lo cual es improcedente en nuestra legislación civil, razón por la cual la presente solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento, resulta INADMISIBLE. Y así se declara.
El Juez Titular,
Abg. Adolfo Gimeno Paredes.
La Secretaria Titular,
Abg. Diana Isea Briceño.
AGP/smvv.-