constitutiva de un pagaré a la orden en el que fundamenta su pretensión, por lo que se configura el supuesto de inadmisibilidad de la demanda por el procedimiento por intimación, previsto en el ordinal 2º del articulo 643 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el articulo 341 eiusdem, razón por la cual se declara INADMISIBLE la presente demanda por el procedimiento por INTIMACION, por ser contraria a una disposición expresa de la Ley.
El Juez Titular,
Abg. Adolfo Gimeno Paredes.
La Secretaria Accidental,
Abg. Mary Trini Godoy Hernández.