por el Alguacil de este Juzgado y no habiendo comparecido ninguna de las partes, el Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, declara EXTINGUIDO el presente procedimiento y ordena el archivo definitivo del expediente.- Archívese.-
El Juez Titular,
Abg. Adolfo Gimeno Paredes
La Secretaria Titular,
Abg. Diana Carolina Isea
AGP/ryma