razón por la cual el tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación, homologando el mismo, se le da el carácter de cosa juzgada y se abstiene del archivo definitivo del expediente, hasta tanto no quede definitivamente firme esta decisión.-
El Juez Titular,
Abg. Adolfo Gimeno Paredes
La Secretaria Accidental
Abg. Mary Trini Godoy H.
AGP/ryma