D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo con sede en Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la Querella Interdictal de Amparo a la posesión, intentada por los ciudadanos JOSE RAFAEL BRAVO LEAL y EDGAR ALBERTO GONZALEZ VIELMA, en contra la COOPERATIVA UNIDAD PRODUCTORA SOCIALISTA FUNDO SANTA JOSEFINA R.L., respecto un lote de terreno donde se encuentran ubicadas unas mejoras y bienhechurías en el Fundo Santa Josefina, carretera Panamericana, sector San Alejo del municipio Sucre, estado Trujillo.
SEGUNDO: Se REVOCA LA MEDIDA DE AMPARO decretada en favor de los querellantes de autos sobre el lote de terreno objeto de este litigio, y dictada mediante auto de fecha 08 de abril de 2010.
TERCERO: Se condena e.....