este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 267 del referido código, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA. Así se decide. Notifíquese a la parte actora.-
Asimismo a los fines de notificar de la presente decisión a la parte actora, este Tribunal comisiona para la práctica de la notificación a uno de los Juzgados de los Municipios Rafael Rangel, Bolívar, Sucre, Miranda, La Ceiba, Andrés Bello y Monte Carmelo del Estado Trujillo con sede en Valera, para lo cual ordena oficiar a la Unidad de Distribución y Recepción de Documentos de los referidos Juzgados, a lo cual al Juzgado que le corresponda queda comisionado amplia y suficientemente para la practica de la misma.
El Juez Titular
MSc. Adolfo José Gimeno Paredes.
La Secretaria Titular,
Abg. Diana .....