en consecuencia, conforme a lo establecido en el Artículo 34 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se acuerda remitir las presentes actuaciones a la Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo, con Sede en la ciudad de Caracas, en tal sentido, provéase y ofíciese lo conducente. Anótese su entrada y salida, y líbrese oficio.
EL JUEZ,
ABG. ASDRÚBAL JOSÉ PACHECO DELGADO
LA SECRETARIA
ABG. ESTHER JANETH MALDONADO GODOY