D I S P O S I T I V A:
Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados especialmente por mandato de los Artículos 887 y 362 del Código de Procedimiento Civil, conforme al Artículo 1.167 del Código Civil, este Juzgado de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la presente Demanda por Resolución de Contrato de Arrendamiento, intentada por la ciudadana: María Rosa Arias Castellanos, Venezolana, mayor de edad, Soltera, titular de la cédula de identidad Nro.14.834.756, domiciliada en la Urbanización Tres Esquinas, Sector I, calle principal, Casa S/N., jurisdicción de la Parroquia Tres Esquinas, Municipio y Estado Trujillo, representada por los Abogados Jorge Kennedy Hernández y Luis Augusto Lujano Valera, inscritos en el I. P. S. A., bajo los Nros.32.612 y 85.575 respectivamente; Contra:.....