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Decisiones del dia 03/05/2007

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 4945 N° Sentencia : Fecha: 03/05/2007
Procedimiento:
Cobro De Bolivares Intimacion
Partes:
SERGIO STEVE MEDINA BARRIOS CONTRA DIXÓN DÍAZ
Resumen:
SEGUNDO: Observa este tribunal que desde la fecha en que se ordenó realizar la intimación, hasta la presente fecha, transcurrieron evidentemente más de treinta (30) días entre ambas fechas, excediendo el lapso establecido en el Ordinal 1° del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, para lograr la intimación de la parte demandada, por lo que la perención de la instancia puede ser declarada de oficio por este tribunal de conformidad a lo establecido en el artículo 269 eiusdem, perención que se verifica de derecho y no es renunciable por las partes. TERCERO: Por las razones antes expuestas, este tribunal Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la perención de la instancia en el presente juicio de conformidad con lo establecido en los artículos 267, Ordinal 1° y 269 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se ordena librar boleta de notificación al endosatario en procuración al cobro abogado ANDY ASDR.....
Juez/Ponente:
Ramon Eduardo Burtron Viloria
Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque
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N° Expediente : 4913 N° Sentencia : Fecha: 03/05/2007
Procedimiento:
Cobro De Bolivares Intimacion
Partes:
RICARDO JOSÉ RANGEL SALAS CONTRA DATA SOFT, C.A.
Resumen:
SEGUNDO: Observa este tribunal que desde la fecha en que se realizó la fijación del cartel en la sede de la empresa demandada, hasta la presente fecha, transcurrieron evidentemente más de treinta (30) días entre ambas fechas, excediendo el lapso establecido en el Ordinal 1° del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, para lograr la intimación de la parte demandada, por lo que la perención de la instancia puede ser declarada de oficio por este tribunal de conformidad a lo establecido en el artículo 269 eiusdem, perención que se verifica de derecho y no es renunciable por las partes. TERCERO: Por las razones antes expuestas, este tribunal Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la perención de la instancia en el presente juicio de conformidad con lo establecido en los artículos 267, Ordinal 1° y 269 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se ordena librar boleta de notificación a la empresa demand.....
Juez/Ponente:
Ramon Eduardo Burtron Viloria
Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque
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