Por consiguiente, vistos los principios de las leyes adjetiva y sustantiva Civil. este Tribunal Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael De Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA el DESISTIMIENTO propuesto y suscrito por el ciudadano DAMAS GONZALO RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, comerciante, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.552.877, asistido por el abogado en ejercicio ALFONSO ANTONIO FLORES, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 5351, y la ciudadana ITALA MARIA CHIRINOS VALECILLOS, titular de la Cedula de Identidad Nº 5.501.812, en el presente juicio que siguen por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, teniéndose el mismo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, y se ordena:
¿ Déjese copia certificada de la presente sentencia interlocutoria de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Cód.....