Vista la diligencia que antecede, suscrita por el ciudadano LIVIO DE JESUS MATHEUS ARAUJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 2.625.123, asistido por el abogado JESUS ARAUJO ABREU, mediante la cual desiste del procedimiento y solicita se le homologue el mismo, así como el desglose del original del título (letra de cambio) objeto del juicio y se deje en su lugar copia certificada, este tribunal acuerda lo pedido por ser procedente, en consecuencia, homologa el desistimiento efectuado y da por terminado el presente proceso, teniéndose el mismo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena el archivo definitivo de este expediente, dejando copia certificada del presente auto en el archivo del tribunal, así como también copia certificada de la letra de cambio entregándose al interesado la misma.
El Juez,
Abog. Ramón E. Butrón V.
.....