CUARTO:
Por los motivos anteriormente señalados y en virtud de las
disposiciones legales precitadas, este Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Con lugar la demanda interpuesta por la ciudadana MARIA ELISABETH ABREU DE GRASSO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.618.943, domiciliada en la ciudad de Valera, Estado Trujillo, inscrita en el Registro Mercantil que por Secretaría llevaba el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en fecha 14 de mayo de 1.993 y que quedó anotado bajo el N° 307, Tomo LIX, y modificados sus estatutos en Asamblea extraordinaria celebrada de fecha 16 de Noviembre de 2006, bajo el N° 47, Tomo 18-A, asistida por el abogado ABELARDO ALARCON, insc.....