CUARTO
Por los motivos anteriormente señalados y en virtud de las disposiciones legales precitadas, este Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR, la demanda interpuesta por el ciudadano JOSE LUIS PIMENTEL PEREZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° 5.778.763, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.935, actuando en nombre y representación del Centro Inmobiliario C.A, constituida originalmente como Sociedad de Responsabilidad Limitada, en el Registro de Comercio que era llevado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Estado Trujillo, en fecha 19 de Agosto de 1.980, bajo el N° 36, Tomo 51, de los libros de Comercio respectivos, transformada posteriormente en Compañía Anónima, según Acta de fecha 20.....