CUARTO
Por los motivos anteriormente señalados y en virtud de las disposiciones legales precitadas, este Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR, la demanda interpuesta por el ciudadano JESÚS ENRIQUE PINEDA BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad N° 9.164.388, domiciliado en esta ciudad de Valera del Estado Trujillo, quien se encuentra asistido por la abogada en ejercicio NADIA R. DELGADO B., inscrita en el I.P.S.A., bajo el N° 104.221, contra los ciudadanos SALVADOR JOSÉ MORILLO y YAJAIRA JOSEFINA VILLASMIL DE MORILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.286.527 y 5.501.142, domiciliados en la Calle Río de Janeiro entre Avenidas Bolívar y 6, N° 4-20, Edificio Don Román, quinto piso, a.....