CUARTO
Por los motivos anteriormente señalados y en virtud de las disposiciones legales precitadas, este Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
Primero: SIN LUGAR, la Cuestión Previa opuesta por la parte demandada, contenida en el Ordinal 11° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil.
Segundo: CON LUGAR, la Falta de Cualidad del Actor, de conformidad con lo establecido en el artículo 361 del Código de Procedimiento Civil.
Tercero: Se DESECHA la Demanda por infundada, interpuesta por la ciudadana MAIDALI PAOLA HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-23.254.767, domiciliada en esta ciudad y Municipio Valera, Estado Trujillo, representada por su apoderado judicial, Abogado JORGE ENRIQUE DUBUC MORNEO, venezolano, mayor de edad, titul.....