Por todos los razonamiento antes expuestos este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOCONO Y JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA LA CONVERSIÓN DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO de los ciudadanos, GREGORIO RAMÓN CACERES DELFÍN y MARÍA ANGELICA DIAZ CASTELLANOS plenamente identificados y QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los mismos habían contraído el día 09 de diciembre del año 2006, por ante La Coordinación de Registro Civil de este Municipio Boconó Estado Trujillo,