e suspende la Medida Preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar que había sido decretada en fecha 05-03-2.012, ofíciese al ciudadano Registrador (a) Público del Municipio Boconó Estado Trujillo para tal fin; así como también se ordena el Archivo de este Expediente y remitirlo en su oportunidad al Archivo Judicial del Estado Trujillo para su archivo definitivo.-Se autoriza para la elaboración de los fotostátos ordenados al ciudadano: JOSÉ GREGORIO VETANCOURT QUEVEDO, Alguacil de este Despacho, a los fines de su certificación.-