Este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Rafael Rangel, Bolívar, Sucre, Miranda, La Ceiba, Andrés Bello y Monte Carmelo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta la ejecución del embargo preventivo sobre el cincuenta por ciento (50%) de la cantidad arriba descrita y ordena a la notificada emitir cheque de gerencia a nombre del Tribunal comitente.