Acto seguido, el Tribunal Ejecutor de medidas de los municipios Rafael Rangel, Bolívar, Sucre, Miranda, La Ceiba, Andrés Bello y Monte Carmelo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. Deja constancia que entre las partes se celebró un acto de auto composición procesal, no obstante, por cuanto el ciudadano LUIS ARAUJO, ya identificado, quien manifestó ser el actual presidente y representante legal de la empresa demandada “ferretería la encrucijada C.A.” y no poder acreditar tal condición en este acto a los fines de obligar a la ejecutada, se le insta al mismo a consignar copia certificada del documento que evidencie su cualidad por ante este Tribunal, en el término de cinco (05) días, se acuerda mantener el presente despacho en la sede de este Juzgado Ejecutor, hasta nuevo impulso procesal.