En atención a lo antes expuesto, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del recurso de apelación. SEGUNDO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el Abogado ROBERTO JAVIER BASTIDAS CASTELLANOS, inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nº 48.081, e su carácter de Apoderado Judicial de la CORPORACIÓN ELÉCTRICA NACIONAL S.A. (CORPOELEC), contra la decisión de fecha 04 de mayo de 2017, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial. TERCERO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha: 04 de mayo de 2017, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial y se declara LA PERENCIÓN Y LA EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA.